Joint Ventures en España: ¿una alternativa viable?

En un post anterior titulado ¿Cómo traer una empresa extranjera a España?, el Equipo de Dos Aguas analizó las tres formas más comunes de comenzar una empresa en España: una oficina de representación, una filial o una sucursal. Sin lugar a dudas, estas tres formas son las más populares y ordinarias, pero en este nuevo post nos gustaría presentar otra fórmula que puede ser tan efectiva y beneficiosa como las otras tres. Hablamos de una Joint Venture.

En España, el caso más común para la creación de una “empresa conjunta” se da cuando una empresa extranjera quiere introducirse en mercado español. Esta situación, cada vez más frecuente, se produce ante la creciente demanda de servicios y productos en el mercado internacional donde se genera una mayor necesidad de colaboración y reestructuración corporativa para llevar a cabo una operación comercial específica. Estas operaciones comerciales significan llevar a cabo inversiones y responsabilidades que son más fáciles de asumir si los riesgos se distribuyen entre dos compañías diferentes.

Las Joint Venture, por lo tanto, se estructuran como una asociación estratégica de carácter temporal, una colaboración empresarial que mantiene su individualidad e independencia legal. Sin embargo, actúa bajo la misma dirección y normas. El ejemplo más común de una “empresa conjunta” es cuando una empresa extranjera se asocia con otra empresa que ya está establecida en España y, por lo tanto, conoce el mercado. En este caso, ambas empresas pueden combinar recursos y conocimientos, al mismo tiempo que distribuyen los riesgos. En estos casos, el socio local contribuye con personal, el conocimiento del contexto económico y social de España y la experiencia de como acceder al mercado español. En este escenario, Dos Aguas ayuda a las empresas extranjeras a encontrar al socio local adecuado, así como a redactar el contrato de Joint Venture. Este contrato debe incluir los siguientes aspectos: la contribución inicial de cada una de las compañías, sus objetivos, la logística de las operaciones, las consecuencias que tendrán cada contraparte, tanto respecto de los beneficios como de las posibles pérdidas. La importancia de que este contrato sea supervisado por Dos Aguas Consulting radica en el hecho de que esto evitará tener problemas legales durante todo el tiempo en que las empresas estén unidas.

A continuación, vamos a desglosar las ventajas y desventajas de crear una Joint Venture en España:
Joint Venture
La principal ventaja de la “empresa conjunta” es que ambas compañías comparten los riesgos y costes de las operaciones y la comercialización. Esto les permite ser más competitivos, cubrir más mercados y aumentar su poder económico. Además, les permite compartir los conocimientos técnicos y así gestionar más información.

Las principales desventajas de una Joint Venture son los posibles conflictos de interés entre las dos partes contratantes, así como la dependencia del otro socio para tomar las decisiones importantes. Esto se combina con la adaptación necesaria a una cultura diferente, como lo es la española, así como su mercado que podría ser desconocido para la compañía extranjera. Por lo tanto, existe la posibilidad de que la integración y la comunicación entre ambos socios sean deficientes. Sin embargo, estas desventajas se pueden resolver fácilmente con la participación de Dos Aguas, que actúa como mediador y se encarga de tomar medidas correctivas y tomar decisiones estratégicas para garantizar una relación excelente y la satisfacción de los intereses de ambas empresas.