Una de las principales incertidumbres cuando se decide exportar es la relativa a la ley y el foro aplicable a los contratos y sobre todo a los litigios. Es por ello, que cada vez más se opta por recurrir al arbitraje como medio de resolución de conflictos, el cual puede ser un medio útil si se hace un estudio y un equilibrio de las ventajas e inconvenientes que el mismo puede presentar.
A continuación, se van a presentar grosso modo los principales pros y contras de acudir a esta vía en detrimento de la jurisdicción ordinaria.
Lista de ventajas
– Foro neutral. Se trata de una jurisdicción que no corresponde a la del país de ninguna de las partes, desvinculándose de cualquier órgano jurisdiccional.
– Árbitros especializados en la materia en conflicto. Además, es reseñable su disponibilidad de los árbitros: En los tribunales ordinarios se acumulan los casos y es imposible para los jueces estudiar y analizar cada caso con la debida diligencia y el tiempo suficiente. por el contrario, los árbitros disponen de mayor disponibilidad para estudiar y conocer el asunto que les es sometido.
– Libre elección del número de árbitros. En función de la complejidad se puede pactar el número de árbitros que compone el tribunal arbitral.
– Simplicidad. Ambas partes conocen de antemano el sistema de solución de conflictos, prescindiéndose del estudio de las particularidades del sistema judicial acordado.
– Celeridad. Estamos ante un sistema rápido, uno de los principales problemas a los que se enfrenta los sistemas jurisdiccionales de todos los países es la demora en el tiempo de los procesos.
– Confidencialidad. En muchas ocasiones las empresas tienen que aportar información sensible sobre cuentas, contratos, etc. Al no existir principio de publicidad las empresas se sienten más confortables recurriendo a este método.
– Flexibilidad. No son necesarios los formalismos que caracterizan a los procesos judiciales. Existe también libertad de elección del idioma del procedimiento.
– Mantenimiento de las relaciones comerciales. Al encontrarnos ante un proceso rápido y confidencial se minimiza el enfrentamiento entre las partes, y el daño causado a presentes y futuras relaciones comerciales es menor. Además, generalmente existe una fase previa de negociación o mediación, por lo que puede haber una salida negociada que evite el proceso de arbitraje.
– Los laudos no pueden ser objeto de recurso y son ejecutables. Solo cabe demanda de anulación por motivos formales. Respecto a la ejecutividad de los laudos, hay que tener presente que los laudos son ejecutables de forma equiparable a una sentencia, y no solo en el país en el que se dictan. Tal y como se establece en el Convenio de Nueva York que hace posible su ejecución.
Lista de desventajas
– Coste elevado. Las estadísticas sitúan en una media de dos millones de euros los gastos de resolver un conflicto en una corte internacional, mientras que los laudos reflejan un coste real que puede superar los 8 millones (Expansión 2017).
– Tendencia a decisiones salomónicas. Algunos expertos sostienen que los árbitros tienden a tomar decisiones que den en parte la razón a ambas partes, huyendo así de las decisiones completamente favorables a solo una de ellas (Ortiz, D, 2015, 5).
– Riesgos de una cláusula arbitral mal redactada. Toda cláusula debe ser negociada y redactada con atención. En caso contrario pueden acarrear muchos problemas.
– Sometimiento a cortes o instituciones arbitrales poco recomendables. No todas las cortes de arbitraje son igual de recomendables. Hay que buscar el asesoramiento adecuado para la elección de la corte que se adapte a las necesidades del caso, con unas suficientes garantías de profesionalidad, independencia e imparcialidad.
– Dificultad del nombramiento y constitución del tribunal arbitral. Pueden existir actitudes obstruccionistas por alguna de las dos partes que dificulten el nombramiento y constitución del tribunal arbitral.
– Necesidad de la intervención de la jurisdicción. Los árbitros carecen de poder coercitivo para hacer cumplir sus decisiones, lo que hace que en situaciones de rebeldía no quede más remedio que acudir a los tribunales ordinarios.
– Disputa con varias partes implicadas. Si existen más de dos partes implicadas, puede ser complicado el sometimiento a arbitraje, si no todas las partes han consentido expresamente o existen discrepancias en el proceso.
– Dificultad de recurrir el laudo por una infracción material del ordenamiento jurídico. La falta de “revisibilidad” de los laudos es un riesgo inherente al proceso de arbitraje, que las partes han de valorar y asumir en el momento de someterse al arbitraje.
A nivel nacional, en España encontramos la Corte Española de Arbitraje. Es el organismo encargado de administrar los arbitrajes mercantiles que le sean encomendados. Asimismo, es decana de las Instituciones arbitrales españolas, operando como servicio independiente adscrito a la Cámara de Comercio de España.
Además, de la anterior podemos encontrar en España un gran número de instituciones que realizan esta labor Corte de la Cámara de Comercio de Madrid, la Corte Civil y Mercantil (CIMA), el Tribunal Arbitral de Barcelona (TAB), la Corte Española de Arbitraje de Cámara de España, la Corte de la Cámara de Comercio de Valencia y la Asociación Europea de Arbitraje, entre otras. Las mismas están consiguiendo que cada vez más empresas y abogados ofrezcan el arbitraje como herramienta de solución de conflictos. La inclusión del Árbitro de Emergencia y la regulación de los procedimientos abreviados a la adecuación de tiempos y costes han sido las modificaciones más exitosas en los reglamentos de las cortes.
A nivel internacional, el organismo por excelencia es la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional de Paris. Esta institución tuvo un número récord de casos de arbitraje en 2016. Concretamente 966 nuevos casos siendo el mayor número de casos en los 94 años de historia de esta institución. El número de nuevos arbitrajes CCI ha aumentado lenta pero constante durante las últimas dos décadas. Por tanto, observamos que pese a los inconvenientes que puede presentar se está convirtiendo el método preferido para la resolución de ciertas disputas de carácter comercial.
Decidir acudir a un tribunal arbitraje debe ser una decisión meditada y estudiada. No obstante, lo importante cuando se opta por esta opción es que la Corte Arbitral sea de reconocido prestigio y solvente. Ello garantizará su imparcialidad.
Si tienes dudas sobre acudir al arbitraje comercial o redactar correctamente una cláusula comercial, no dudes en contactar al equipo de Dos Aguas.
